|
|
|
Decreto Supremo N° 263-82-EFC)
(Obligación Formal)
Los sujetos al pago de la Contribución al SENCICO, están obligados a cumplir en forma anual con la presentación de la Declaración Jurada de Personas Naturales y Jurídicas que desarrollan la actividad de la construcción.
La presentación de la Declaración Jurada al SENCICO, vence en la misma oportunidad de vencimiento de la Declaración Anual del impuesto a la Renta (según cronograma de SUNAT).
La Declaración Jurada estará referida a las operaciones gravadas durante el ejercicio anterior al de la presentación:
|
| Rubro I |
Rubro II |
Rubro III |
Datos del Contribuyente. |
Relación de Obras cuya fecha de inicio se dio durante el periodo declarado.
|
Consignar en forma mensual las Bases Imponibles constituidas por el valor venta de la factura emitida afectas a la contribución al SENCICO, generadas durante el periodo tributario coincidente con lo asentado en el Registro de Ventas. |
|
Enlace a la DECLARACION JURADA TELEMATICA CLICK AQUÍ
DDECLARACIÓN JURADA DE PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS QUE DESARROLLAN LA ACTIVIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN (CIIU-SECCIÓN F REV. IV)
FECHAS DE VENCIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL AL SENCICO AÑO 2011 (D.S. Nº 263-82-EF) |
ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC |
FECHA DE VENCIMIENTO |
9 |
26 de marzo del 2012 |
0 |
27 de marzo del 2012 |
1 |
28 de marzo del 2012 |
2 |
29 de marzo del 2012 |
3 |
30 de marzo del 2012 |
4 |
02 de abril del 2012 |
5 |
03 de abril del 2012 |
6 |
04 de abril del 2012 |
7 |
09 de abril del 2012 |
8 |
10 de abril del 2012 |
|
Resolución de Superintendencia Nº 289-2011/SUNAT
|
|
 |
|
|
|